Embargo de bienes también amenaza a deudores del agua potable

Los usuarios del servicio de agua potable que no han podido pagar a tiempo el valor de su consumo, también se enfrentan a la temida acción coactiva con que amenaza la Empresa Pública Aguas de Manta (Epam).

Área de atención a usuarios en la sede matriz de la Epam. Manta, Ecuador.
El área de atención a los usuarios en la planta baja del edificio sede de la Epam.

El caso es que el 2 de diciembre termina la vigencia de la Ley de Remisión de Intereses, Multas y Recargos que permitía pagar a la vista todas las deudas líquidas atrasadas o negociar convenios de pagos parciales, pero después de esta fecha queda la vía libre para que la Epam inicie acción coactiva (proceso judicial con embargo o retención inmediata de bienes).

 

La Epam anunció ayer que a partir del jueves 3 de diciembre se dará inicio a los procesos coactivos contra quienes no aprovecharon el beneficio de la remisión o supresión de intereses y otros recargos por mora concernientes al consumo de agua potable.

 

Esta empresa, al igual que la Administración municipal de la que depende, no ha mencionado sin embargo que haya hecho algún estudio para determinar si los usuarios no pagan por gusto o porque la situación económica del país no se lo permite.

 

Para emprender la acción coactiva, que es como decir cobro inmediato a la fuerza, la Epam se ampara en el artículo 352 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que faculta taxativamente la acción coactiva de oficio, según entiende la empresa municipal. 

 

Además, aduce que como una muestra de sensibilidad y respeto a sus usuarios, reiterativamente ha aplicado mecanismos para facilitar el cumplimiento de pago, dándoles a sus abonados la oportunidad de que negocien sus deudas y se eviten el proceso coactivo y las molestias que esto conlleva.

 

Pero, advierte, al no haber mostrado interés en liquidar lo adeudado, concluido el plazo de vigencia del beneficio de la Ley de Remisión, procederá automáticamente a la acción coactiva sin que los deudores tengan opción a reclamos posteriores.

 

La Ley de Remisión entró en vigencia el 23 de julio del presente año y durante los primeros 60 días hábiles quienes pagaron la totalidad de sus deudas recibieron la condonación de intereses, multas y recargos en un 100%; mientras que las que lo hicieron desde el día 61 han recibido un descuento del 50% de dichos intereses.


FUENTE: Dirección de Comunicación Social de la Epam, mediante boletín informativo y foto con firma de su director, periodista Pedro Clotario Cedeño. MANTA, 01 de diciembre de 2015.